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PREGUNTA
Señor Abogado:

Estoy casada con un ciudadano americano hace cuatro años y ya obtuve mi residencia condicional. Antes de la expiración de la misma, mi esposo y yo enviamos a inmigración el formulario I-751, para remover las condiciones de mi residencia y obtener la permanente. Recibí una carta del Servicio de Inmigración extendiendo automáticamente mi residencia condicional por un año, la cual me autorizaba a trabajar y viajar. Dentro de un mes se va a cumplir ese año y todavía lo único que me dicen cuando llamo es que mi caso fue transferido de Texas a Miami para tener una segunda entrevista con mi esposo. Mi licencia de conducción expirará pronto y también tendré que viajar fuera del país en marzo de 2006. Qué puedo hacer para que mi caso sea aprobado antes de esa fecha?

RESPUESTA
Estimado Señora:

No tiene de que preocuparse, usted no será afectada por la demora del Servicio de Inmigración en aprobar su caso. Diríjase a la página de Internet www.uscis.gov y vaya a la opción Infopass, esto le permitirá programar una cita para presentarse en las oficinas de inmigración y recibir una extensión por un año de su residencia condicional a manera de un sello que pondrán en su pasaporte, así podrá esperar por la decisión de su caso, obtener la renovación de su licencia de conducción y viajar fuera del país. Definitivamente la transferencia de su caso de Texas a Miami ha influido en esta demora y se podrá tomar unos cuantos meses más para que ustedes recibieran una nueva entrevista.


PREGUNTA
Señor Abogado:

Soy Mexicana, tengo 21 años y estoy siendo pedida para la residencia por mi mamá que se convertió en ciudadana americana hace tres años. Desafortunadamente ella acaba de fallecer y me he quedado huérfana. Estoy viviendo con mi tía quien es residente permanente y se ha querido hacer cargo de mí. Dentro de poco me llegará cita de la entrevista y ya me han dicho que al morir mi mamá ya no me darán nada y hasta me podrán deportar. Yo me acabo de graduar de high school y deseo estudiar y vivir aquí en Estados Unidos pues no tengo a nadie en México. Me siento impotente ante esta situación y me torno a usted para que me ayude a saber que debo hacer?

RESPUESTA
Querida Lectora ,
Entiendo su confusion y lamento su perdida, pero le tengo buenas noticias. En su carta usted me comentaba que su tia es residente permanente de los Estados Unidos. Por lo tanto, el día que reciba su cita para la residencia, aunque su madre, quien era la directa peticionaria haya fallecido, su tía podría proporcionar la garantía de manutención financiera (Affidavit of Support) requerida por el Servicio de Inmigración, siempre y cuando la petición familiar hecha por su madre hubiera estado aprobada antes de su fallecimiento. Por favor contacte a un abogado de inmigración para poder estudiar su caso y asegurarse que califica para este reemplazo de Anunciante.


PREGUNTA
Señor Abogado:

El 16 de junio de 2003 el juez de inmigración me otorgó la residencia permanente a través del beneficio de NACARA para Salvadoreños, sin embargo después de darme la decisión escrita no me ha llegado nada mas, ni la tarjeta de residencia. Me han dicho que me llegara una cita para ir a la oficina de inmigración y obtener por lo menos un sello que demuestre que ya soy residente permanente pero no tengo nada. En la oficina de licencias de conducción ya ni me aceptan la carta del juez para renovarla. Yo soy residente permanente pero sin prueba de ello, que puedo hacer?

RESPUESTA
Estimado Señor,
si le sirve de consuelo le informo que usted es una de las miles de personas afectadas por la ineficiencia del Departamento de Seguridad Interna en dar las citas para obrener el sello de residencia en su pasaporte luego de haber sido otorgado el estatus de residencia permanente por parte del juez de inmigración. Como solución le sugiero que concerte una cita llamada INFOPASS a través de la página de Internet del Servicio de Inmigración (www.uscis.gov). El dia de su cita INFOPASS lleve consigo la orden final del juez de inmigración y documentos que establezcan su identidad tales como pasaporte, licencia de conducción, permiso de trabajo, etc. Después de asistir a esta cita y en caso de no recibir respuesta de su residencia en 20 días, debería volver a realizar una averiguación con un nuevo INFOPASS en la oficina local de inmigración hasta recibir su documentación adecuadamente.


PREGUNTA
Estimado Abogado:

Soy nacional de Republica Dominica y entre a los Estados Unidos con visa de turista el 18 de abril de 2001. Por cosas del destino terminé quedandome en este país ilegalmente y conocí a la mujer de mi vida hace dos años y nos casamos hace seis meses. Ella es cubana y residente permanente de los Estados Unidos desde hace pocos meses. Mi pregunta es si ella me debe pedir como esposo de residente permanente pues he escuchado que me darían residencia permanente mas rápido por ella ser cubana?

RESPUESTA

Estimado Senor, en primera instancia habría que asegurarse que su esposa obtuvo su residencia permanente a través de la ley del ajuste cubano bajo la categoría CU6. Si este es el caso, usted por su parte tiene que probar que entro de manera legal a los Estados Unidos hace mas de un año, que su matrimonio es de buena fé y que no tiene antecedentes penales. Su residencia seguiría el proceso del ajuste cubano y tiene derecho de pedir un permiso de trabajo en tanto le den la aprobación final que tardará alrededor de un año.


PREGUNTA
Estimado Abogado:

Yo soy residente legal permanente de los Estados Unidos desde el año 1997. Hace unos meses fui a mi país de vacaciones y cuando regresé a los Estados Unidos, tuve ciertos problemas en el aeropuerto. Resulta que para ser sincera con Usted, yo en el año 1989 fui declarada culpable de un delito menor por el cual ni siquiera fui a la cárcel, el cargo fue hurto menor. Como luego de dicho incidente, me admitieron como residente permanente, yo pensé que nunca más iba a tener problemas por ese motivo. Cual es mi sorpresa cuando hace un mes al regresar de mi país, el Oficial de Inmigración me retuvo la tarjeta de residente y me dio una cita para presentarme en inmigración en tres semanas. Señor abogado por favor aconséjeme lo que puedo hacer y dígame los riesgos que tengo de perder mi residencia legal en este país de oportunidades.

RESPUESTA
Estimada señora, la cita que le dieron en el aeropuerto es llamada técnicamente Deferred Inspection y el propósito básico de la cita es determinar su admisión como residente legal permanente a los Estados Unidos. Ciertamente, esta cita es una consecuencia directa del récord que Usted tuvo en el pasado. Le recomendaría contactar un abogado experto en materia de inmigración para que la represente en dicha cita por cuanto dependiendo del cargo, Usted puede ser colocada en procedimientos de remoción, es decir, el proceso judicial a través del cual van a determinar su elegibilidad para mantener su estatus de residente o revocarlo.

PREGUNTA
Honorable Abogado: Soy ciudadano Colombiano y residente legal permanente desde el año 1999.
En fecha 15 de Abril del 2000 presenté una petición familiar a favor de mi esposa ante la oficina regional de Texas, la cual me envió el recibo de la antorcha a las tres semanas. Mi esposa se encuentra en los Estados Unidos. Me han informado que el boletín de visas correspondiente al mes de Noviembre 2004 refleja que ya están corrientes las peticiones familiares para dicha categoría con fecha de prioridad del 1 de Junio del 2000. Mi problema es que aún cuando no me he mudado, no he recibido la aprobación de la petición familiar. Hay personas que me dicen que necesariamente debo tener la aprobación de la petición para hacer la solicitud de residencia para mi esposa. ¿Es ello cierto?

RESPUESTA
Estimado Señor, hace algunos meses el Servicio de Inmigración como una manera de resolver la problemática que Usted plantea emitió un memorando para permitir la presentación de la solicitud de residencia o ajuste de estatus una vez que la fecha de prioridad esté corriente, independientemente que el Servicio Regional haya o no emitido la aprobación de la petición familiar. De cualquier modo le aconsejo contactar un abogado experto en inmigración para que le asesore de manera acertada pues en este momento ya podría comenzar a tramitar el ajuste de estatus para su esposa.


PREGUNTA
Señor Abogado, mi consulta es la siguiente: Soy ciudadano americano.  Hace cinco años viajé a México y conocí a una mexicana con la cual tenemos planes de casarnos.  Quisiéramos hacerlo aquí en los EU pero no sabemos si es viable o si tendríamos que casarnos en México. ¿Cómo podría ella venir más rápido? Agradezco su consejo.

RESPUESTA
Existen dos opciones en su caso.  La primera es obtener una visa K-1 para prometido(a) o fianceé visa, la cual le permite a los prometidos de ciudadanos americanos ingresar a los Estados Unidos por un período de 90 días con el propósito de contraer matrimonio y subsecuentemente tramitar su residencia legal.  Para gestionar esta visa es necesario probar que la relación es verdadera, que se conocen personalmente y que el americano está en capacidad de mantener financieramente a su prometido(a).  La segunda opción es obtener una visa K-3 para esposos de ciudadanos americanos que se encuentran en el extranjero.  Esto en el evento de que el americano se case con su prometido(a) fuera de los Estados Unidos y le quiera traer como su esposa. Una vez casados se debe enviar la petición familiar de inmigrante al servicio de inmigración y luego se pide la visa K-3.  Ambas visas deben ser pre-aprobadas por el servicio de inmigración para luego ser dadas en el consulado americano correspondiente. 


PREGUNTA
Estimado Abogado: Me encuentro muy agobiado pues mi esposa ciudadana americana falleció hace tres meses y aparte de sobrellevar mi duelo tengo que presentarme a mi cita de residencia por la petición que ella hizo en mi favor.  ¿Qué debo hacer, me podrían deportar?  

RESPUESTA
Su caso tiene solución.
  Si usted tiene en su poder la aprobación de su petición familiar de inmigrante hecha por su esposa, podría al momento de su entrevista presentar los documentos de un co-Anunciante quien se comprometerá, firmando un documento llamado Affidavit of Support, a responder financieramente por el inmigrante en el caso de que éste procurara ayuda del gobierno.  Si usted no alcanzó a tener su petición de inmigrante aprobada, podría postular por su residencia permanente como viudo de un(a) ciudadano(a) americano(a) siempre y cuando: (1) su esposa fuera ciudadana americana por dos años, (2) hayan estado casados por dos años antes su fallecimiento y (3) inicie este proceso dentro de los dos años posteriores al fallecimiento.  Cumpliendo con estos requisitos, probando que su matrimonio era genuino y no habiéndose casado de nuevo, es posible obtener su residencia legal y aliviar un poco el dolor de su pérdida.


PREGUNTA
Señor Abogado: Soy colombiana, vivo en Miami hace cinco años y estoy casada con un residente legal de los Estados Unidos.  Mi esposo me pidió en enero del 2000 y me acaba de llegar la aprobación de dicha petición. Mi esposo todavía no es elegible para hacerse ciudadano. ¿Qué debo hacer ahora?

RESPUESTA
Señora, para usted hay excelentes noticias. Si usted ha sido aprobada o tiene pendiente una petición familiar de inmigrante en la que usted es la esposa (o el hijo menor de 21 años) de un residente legal y él la ha pedido antes del 21 de diciembre de 2000 y además, la fecha de presentación de la misma es de más de 3 años de anterioridad, usted podría ser elegible para una visa V-1. Esta visa le da la oportunidad de obtener un permiso de trabajo y un estatus legal en los Estados Unidos por dos años, renovables hasta que su petición se convierta disponible para obtener su residencia legal. 

Las respuestas a los casos anteriores no deben ser tomadas como consejo legal ni crean en ningún momento una relación cliente-abogado. Por favor contacte a un profesional para obtener un consejo legal en su caso particular.


¿ Tiene Ud. una pregunta para el abogado Robert Sheldon?
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info@vidaamericana.com.

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